El
Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para
la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), pone en marcha este
Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios
existentes del sector Residencial (uso vivienda y hotelero), dotado con 125 millones de euros.
Las actuaciones deberán encuadrarse en una o más de las tipologías siguientes:
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.
Las
actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética
total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de
emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la
calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su
calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una
tipología de actuación o una combinación de varias.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de este Programa:
a. las personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial (de uso hotelero y de uso vivienda).
b. las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades
de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas
conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de
julio, de Propiedad Horizontal.
c. los propietarios de viviendas unifamiliares o los propietarios
únicos de edificios de viviendas que reúnan los requisitos establecidos
en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título
constitutivo de propiedad horizontal.
d. las empresas de servicios energéticos.
El tipo de ayuda dependerá del tipo de actuación, así:
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, se
ayudará bajo la modalidad combinada de entrega dineraria sin
contraprestación y préstamo reembolsable.2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación, se ayudará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas, se ayudará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas, se ayudará bajo la modalidad de préstamo reembolsable.
Los préstamos reembolsables tendrán las condiciones siguientes:
- Tipo de interés: Euribor + 0,0 %
- Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año)
- Garantías: aval o contrato de seguro de caución por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
- Las ayudas podrán solicitarse durante el periodo comprendido entre el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 30 de octubre de 2015.
- Las solicitudes para la participación se efectuarán conforme al formulario que está disponible en la página web del IDAE.
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